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martirio

inquilino/a

Cláusula; Facultad de acceso a la vivienda por parte arrendadora.
Buenos días, estamos a punto de cambiar de vivienda y firmar el contrato y nos hemos percatado que hay una cláusula que reza tal cual ;  ? LA PARTE ARRENDATARIA faculta a LA PARTE ARRENDADORA para que directamente o mediante otra persona designada a efectos, pueda entrar en la vivienda para poder comprobar su estado de conservación, siempre y cuando se notifique con cinco días de antelación.? La pregunta ahora es; es eso legal? Y en caso de aceptar dicha cláusula, a efectos legales tiene alguna validez? Nos podríamos negar aún habiendo firmado?
Muchas gracias de antemano por la ayuda.
  • Preguntado por: martirio
  • Hace 8 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Nube ha sido el primero en contestar
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Esa cláusula es nula, firma tranquilamente el contrato, cambia el bombillo, y si en algún momento te lo solicitan niegate diplomáticamente y punto.
  • Nube

    inquilino/a

    No estáis obligados a dejar pasar a nadie a vuestra vivienda. Yo no firmaría nada en ese sentido. No obstante, en el enlace que te indico puedes leer las respuestas a otra consulta similar a la tuya:

    http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/inquilinos/acceso-libre-propietario_53635.html

    • Respondido por: Nube
    • Hace 8 años
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