José me temo que han incurrido en una interpretación incorrecta de la LAU, cada vez que se renueva un contrato, esa renovación, contrato nuevo, para el inquilino supone poder prorrogarlo hasta cumplir tres años.
Por otra parte esa cláusula que ha introducido el casero será nula en la medida en que contradiga la regla legal sobre reparaciones, ek inquilino solo debe atender las pequeñas reparaciones y las debidas a mal uso.
Pedro Hernández Olmo, abogado