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Banderkapp

inquilino/a

Cese de contrato por parte del inquilino
Despues de 9 años en mi piso y de haber firmado un nuevo contrato hace 3, el propietario del mismo me impide dejarlo hasta la finalización del contrato 5 años, so pena de pagar la diferencia ¿es eso legal?
  • Preguntado por: Banderkapp
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Antonio Postigo ha sido el primero en contestar
  • Desahucios Ya

    Desahucios Ya

    profesional

    Hola, Al haber firmado un contrato por 5 años en principio la resolución anticipada del contrato generará una serie de consecuencias.

    Lo mejor es que revise si en el contrato se preveio esta posibilidad y si figura contemplado qué pasaría.

    Por otro lado, en caso de no figurar, el arrendador sí puede tener derecho a exigir el cumplimiento íntegro del contrato o a que se le indemnice en caso de incumplimiento.

    Pacte con él las condiciones.

    Si tienes cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotros y trataremos de ayudarte y de quedar a tu entera disposición.

    Un saludo
    www.desahuciosya.com
    informacion@desahuciosya.com
    T. 902885473
  • Antonio Postigo

    profesional

    Si ese nuevo contrato se firmó, hace tres años, por un periodo de 5 años (no años renovables, sino directamente 5 años), en ese caso la ley ampara a su arrendador en la reclamación.

    La firma del nuevo contrato hace que la relación de arrendamiento comience de cero, en lo bueno y en lo malo, en lo caro y en lo barato, en... (sí, si... como un matrimonio...).

    Y al igual que cuando en una pareja uno de los dos quiere romper los lazos ... lo recomendable es el diálogo y la salida negociada. Una actitud no dialogante terminarán con unos más que respetables costes judiciales para las dos partes, y un final incierto en los pleitos.

    Le recomiendo que le proponga una resolución pactada, facilitándole que se arriende lo antes posible, proponiendo alguna indemnización acordada, etc.

    Tampoco estaría de más que revisara su contrato... así podrá comprobar si se pactó alguna fórmula de resolución anticipada... en ese caso... tocará aplicar lo allí pactado.

    Un saludo.
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