Marga no sé a qué certificado se refiere, si su padre era el inquilino de ese piso, cuando falleció, debieron comunicar al arrendador que su madre se subrogaba en ese alquiler, ese es el documento que acredita el derecho de su madre. Si se trata de un alquiler de renta antigua, anterior a 1995, no haga ahora ningún comunicado a la propiedad de la vivienda, sin contar con un abogado que además sea experto en estos temas. En mi blog cuyo enlace le dejo tiene abundante información sobre la subrogación en alquileres.
Pedro Hernández Olmo, abogado