Al tratarse, tal como lo describe, de su vivienda habitual tiene perfecto derecho a proteger esa intimidad tal como señala la Constitución española, le dejo un enlace, sobre todo el último párrafo, que le puede servir para defenderse ante su "curiosa" casera:
LA INVIOLABILIDAD DE LA VIVIENDA ARRENDADA. Pedro Hernández Olmo, abogado