Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Vivi en una casa de alquiler. Soy puntualìsima en mis pagos y NUNCA he fallado ninguna mensualidad, pero cada vez que les digo que tienen que arreglar alguna cosilla, porque la verdad que son muy pocas, un calentador, o ahora la cerradura del garaje, se enfandan. Y me ha amenazado con vender el piso. Pueden ofrecerlo a cualquier comprador ¿sin previamente ofrecèrmelo a mi? y ¿a què precio?, porque para presionarme pueden decir que tienen un comprado, que puede ser cierto o no, y despuès de nuevo arrendarlo, e incluso por una renta mayor, que es lo que estàn buscando hace tiempo ¿què defensa tengo ante ello?
Saludos cordiales y Gracias
Gracias. Entiendo que queda NULA, pues el segundo Contrato se firmó en 2006 y por plazo de un AÑO, prorrogable, no se ha vuelto a firmar ningún otro y aquí sigo. Claro que de firmar otro, ya pondría la cantidad que le pago de verdad, y por eso tampoco me dice de rehacer el Contrato!!!...
La renuncia al derecho de tanteo y retracto solo es válida en los contratos de duración pactada superior a 5 años (muy poco frecuentes)
Saludos - Papeleos Alquiler
Hola:
Sólo quiero matizar esta parte de la respuesta del Sr Desahucios ya: "Si en su contrato de arrendamiento usted renunciaba al derecho de adquisición preferente su casero no tiene porqué informarle de que va a vender el inmueble"
Dicha respuesta únicamente será correcta si el contrato de la consultante tiene un plazo de duración inicialmente pactado superior a 5 años.
En caso de que en el contrato de la consultante se pactara una duración inicial igual o inferior a 5 años, la citada renuncia sería nula de pleno derecho.
Un cordial saludo
Pedro me has hecho reir jaja
España tiene precios muy distintos dependiendo de donde se viva y tu y yo, vivimos en unas de las comunidades más caras.
Lastima que los salarios son bastante iguales.
¿Y donde dices que pagas 375€ por una vivienda con garaje? ¿hay alguna más libre?
De todas formas, no creo que a tu casero le interese ponerse a malas contigo ahora. En 6 meses se cumplen los 5 años de contrato, y entonces podrá hacer lo que quiera con el piso.
Nada que añadir. Bueno, sí, que haga oídos sordos a cualquier tipo de amenaza.
Nuestro casero tampoco colabora cuando le toca arreglar cosas. La última vez que hablamos con él, nos amenazó con que íbamos a pagar nosotros los gastos de comunidad (cuando tenemos un contrato firmado por él mismo que dice lo contrario). Eso son pataletas; lo cierto es que no pueden echarle del piso antes de tiempo, lo venda o no.
Hola,
Si en su contrato de arrendamiento usted renunciaba al derecho de adquisición preferente su casero no tiene porqué informarle de que va a vender el inmueble, si deberán informarle de quien es el nuevo propietario a efectos de abonarle su alquiler al nuevo propietario.
En caso de venta del inmueble, quien adquiera lo adquiere con su alquiler, no podrian echarle de la vivienda por venta.
En caso de que tenga cualquier duda puede ponerse en contacto con nosotros, y estaremos encantados de resolvérsela y ponernos a su disposición.
Un saludo
Despacho Fraile y Asociados
contacto@fraileyasociados.com
www.fraileyasociados.com
www.divorcioenhoras.com
www.desahuciosya.com
Telf. (34) 653209052
La cerradura del garaje, es un garaje comunitario, y precisamente fue mi propietario el que lo estropeò, pero quiere que lo arregle la Comunidad y no èl, que se solucionarìa simplemente con un cerrajero, pero como se lleva mal con ¡¡el resto de los vecinos!! asì que el problema no es sòlo mìo ES COMUNITARIO y nadie hace nada, ¡¡y el Administrador tampoco aparece!! lo peor es que son sòlo 8 vecinos, increìble.
Mi actual contrato de arrendamiento es de 1/03/2006.
Anterior tenìamos otro en pesetas (57.000pts) con fecha 01/03/2001, y lo actulizamos en 2006, pero èste último se hizo por menos importe que el anterior, 250€/mes, actualmente yo pago eso + 125€ màs en negro, PERO tengo algùn recibo en los que se han equivocado y han puesto la cantidad completa de 375€ ¡¡¡...??? lo tengo guardado por si lo necesitara.
Y respecto al precio de la vivienda, me serà siempre imposible conocièndolos, no entiendo bien el tanteo y retracto.
MUCHÌSIMAS GRACIAS POR SU PRONTA RESPUESTA.
Tranquila, aunque vendan el piso tu tienes tus derechos.
Primero: derecho preferente de adquisición (igualando el precio que un tercero ofrezca)
Segundo: por si hicieran trampa en el punto anterior, tienes derecho de tanteo y retracto, podrías hasta "deshacer" la compraventa y quedarte tú el piso si lo hicieron a un precio distinto al que a ti te ofertaron.
Tercero: si decides no ejercer tu derecho preferente a comprar, aún tienes derecho a que el nuevo propietario respete tu contrato de arrendamiento al menos hasta su 5º cumpleaños.
Y para más INRI, si tú no quieres, NADIE PUEDE ENTRAR EN TU VIVIENDA a visitarla.
Con lo que difícilmente alguien comprará un piso SIN VERLO.
Ah un detalle en defensa de tu casero. Según la LEY, las pequeñas reparaciones de la vivienda arrendada corresponden al inquilino. (lo del calentador no sé si será una pequeña o gran reparación, pero desde luego lo de la cerradura es una pequeña reparación "de libro")
Saludos - Papeleos Alquiler