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si alquilo con 2 meses de fianza a la que faltan 2, meses dicen que me los cobre de alli, los conceptos son diferentes ,si denuncio por impago y tengo los mismos meses de fianza que los que me adeudan ¿puedo hacer algo? pues si no es asi ¿de que sirve pedir una fianza? gracias
Para rescindir el contrato lo hace el inquilino comunicando al arrendador por burofax con acuse de recibo 30 dias antes de final de cada anualidad o prórroga. El último día se reunen ambos para revisión todo inventario, consumos, desperfectos, faltas, entrega de llaves,....figurando todo en documento FINAL CONTRATO, firmado por ambos y copia para CADA UNO. Tiene el arrendador un mes para devoluciónb de fianza. Si transcurre más de un mes y le demandan, pagará fianza más intereses.
En el documento FINAL CONTRATO puedes figurar entrega de llaves y desperfectos que haya, sin mencionar rentas.
Una vez recibidas las llaves, descontados consumos ,descontados desperfechos presentando facturas, puedes por juicio monitorio, sin abogado ni procurador, exigir el pago rentas pendientes ( cuantía menor de 900 euros) DESPUES DE RECIBIDA LA VIVIENDA Y LLAVES). También puedes considerar el importe de dos mensualidades fianza como rentas y demandar por desperfectos.
Saludos,
Amparo sabes una cosa? a este propietario le tendré yo que hacer esto mismo...es muy triste y no lo he hecho nunca, pero ahora ya se de que pie cojea este señor....esta denunciado por varios de sus anteriores inquilinos porque JAMAS ha devuelto una fianza.... así que yo me cubriré en salud.
sigo diciendo que hay mucho cachondeo con las fianzas.
¡Hombre Mari Lolis!
El otro lado.
"Esto" también me ha sucedido a mi...
Si no hay desperfectos no sucede nada...
Pero si los hay y no los paga voluntariamente... ya tenemos lío.
Saludos - Papeleos Alquiler
Le sugiero lea esto a pesar de los comentarios desatados.
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