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atria

inquilino/a

Mi casero me quiere echar para no arreglarme un mueble. ¿Qué puedo hacer?

Buenos días,


hace 7 meses se me rompió el sofá en mi casa de alquiler. Inmediatamente lo puse en conocimiento de mi casero y él dijo que compraba uno. Han pasado 7 meses y aún no hay sofá, hay burofáx mío hacia él pero no pasa a recogerlo por correos y hoy cuando le llamo me dice que deje de llamarlo y que me vaya del piso el día 27 de febrero, que me de por avisada, porque le llamo mucho.

mi contrato No tiene claúsula de necesidad, esta claúsula ha de estar expresamente en el contrato para poder ejercitarla, verdad?

él  Se acoge a que en el contrato pone, tras los de la duración mínima de 5 años, que "Las partes podrán optar por resolver el presente contrato en cualquier momento, previo aviso con 30 días de antelación".

esto entiendo que esta claúsula contraviene la lau?

el contrato cumple 3 años en abril.

  • Preguntado por: atria
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (20)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Mari Lolis ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Joaquin Paretas Ferr

    profesional

    La duración de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual por un tiempo inferior a cinco años es de cinco años, siendo ello de obligado cumplimiento por parte del propietario arrendador.

    Si, como mínimo, un mes antes de cumplirse los cinco años, el propietario arrendador no ha notificado al arrendatario su voluntad de no prorrogar el contrato, dicho contrato, de forma obligatoria para el propietario arrendador, puede quedar prorrogado tres años más.

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    Muchacha no te comas más la olla.

    lo de que puedes vivir ahí 5 años y él no puede echarte te ha quedado claro ¿No? Pues vamos al sofá y resto de muebles.

    dices que no hay inventario, pues como no hay inventario No hay muebles, ya esta, no le des más vueltas. Compra tu un sofá y cuando te marches (que no dudes que al cumplir los 5 años te tendrás que ir porque el tipo estará deseandolo) te lo llevas porque es tuyo y listo.

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    "Estoy pensandome volverme macarra fuera de la Ley"

    Justamente a eso me refería :)

    no te va a poder reclamar ni el sofá, ni el microondas, ni la lavadora.

    de hecho no te lo va a reclamar, pero es posible que no te devuelva la fianza "porque no hay sofá", y entonces tengas que reclamarla judicialmente.

    ¿Para qué vas a mandar un burofax? Si se puede preguntar, claro. Es que no veo el motivo

    un saludo

     Ayuda a cambiar el mundo!

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • atria

    inquilino/a

    Crazyh... qué significa "así que al irte podrías hacer lo que has pensado". jaja, si no he dicho nada. Pensaba que al irme él me reclamaría el sofá que no me ha repuesto y que por supuesto está roto, y me queria quedar tranquila de que no lo podrá reclamar, encima.

    Esto es de perogrullo, qué barato sale todo en España, estoy pensandome volverme macarra fuera de la Ley... de momento mañana pagaré otro burofax...

    • Respondido por: atria
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    atria, exacto. Si no hay inventario habrá que probar lo que había, así que al irte podrías hacer lo que has pensado.

    Personalmente recomendaría llegar a un acuerdo en que te compre el sofá y hagais inventario

    :)

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • atria

    inquilino/a

    jajaja, holograma no, un holocausto es lo que es.

    No se divorcia, me lo pide para la mujer y la hija porque el se va a trabajar fuera una temporada y ellos a su vez están de alquiler pagando más por lo que les sale más barato venirse de nuevo a su casa. esa es la "necesidad" que tienen, que como ya no van a ser tantos en casa la otra se les queda grande y prefieren volver a esta y pagar solo hipoteca. Que te parece? tócate las narices. Además, repito que no existe claúsula expresa ni tácita de necesidad, no hay nada de eso en el contrato.

    Y lo del sofá... bien, pues si no está el sofa no hay nada en la casa, ni electrodomésticos ni muebles. por tanto ni yo le puedo reclamar a él ni él a mi, no?

    Que fuerte me parece todo.

    • Respondido por: atria
    • Hace 12 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Atria, Con Referencia al sofá, si no está inventario. No existe y si no existe. No puede estar roto. Y si no está roto, nadie lo tiene que reparar.   

     ¿te estarás sentando en un holograma?

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    ¡Alto malandrines!

    creo que está diciendo.

    " él me lo reclama para su mujer y su hija porque él se va a vivir a otro sitio " si se está divorciando y tiene clausula de necesidad. ¿no tendrá derecho a rescindir el contrato en cualquiera de su cumpleaños?

  • atria

    inquilino/a

    Gracias Crazyh, parece que él ha confundido claúsulas. solo faltaba que ya los caseros nos pudieran hechar del piso con todo en regla por llamarles para reclamarles repraciones.

    El sofá no está inventariado de hecho no existe inventario de nada, ni de electrodomésticos, pone que hay mubles y electrodomésticos según el inventario adjunto... y no existe inventario, así que supongo que eso es como si no hubieses nada en la casa, ni electrodomésticos, me equivoco?

    • Respondido por: atria
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    No tiene que ver con la cláusula de necesidad. Sencillamente el arrendador no puede hacer uso de esa cláusula a su favor y se considera "no escrita".

    En referencia al sofá, si está inventariado, y no se puede achacar la rotura a un mal uso, yo le encomiaba a comprar uno o en caso de negativa comprarlo yo y reclamárselo

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • atria

    inquilino/a

    Jan Abogado, mil gracias. Con esto me ha quedado muy claro que no puede echarme porque la claúsula solo pone "Las partes podrán optar por resolver el presente contrato en cualquier momento, previo aviso con 30 días de antelación", pero nada de la necesidad del arrendador de la vivienda.

    De hecho esa claúsula la pedí yo para poder irme en cualquier momento del contrato (previo aviso de 1 mes) si me quedase en paro, para poder irme y no dejar de pagarle al casero, y a él le pareció estupendo. Pero él peinsa que es también para él. 

    repito, sus dos artículos me han dejado muy tranquila e informada.

     

    Gracias a todos¡¡¡

    • Respondido por: atria
    • Hace 12 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola atria:

    coincido con la respuestas de mi compañero Pholmo y le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:

    http://letradosalquileres.es.tl/La-denegacion-de-la-prorroga-del-articulo-9-LAU-1994.htm

    http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • atria

    inquilino/a

    PHOLMO, gracias, ahora si le he entendido bién, muchas gracias de nuevo.

    Javiersantander, él me lo reclama para su mujer y su hija porque él se va a vivir a otro sitio de momento y le viene bien mi piso que es más pequeño y así no tienen que pagar alquiler, así me lo ha hecho saber de palabra y por escrito incluso, tengo email. Él se atiene a que está escrito en el contrato que al dar el preaviso de 30 días por cualquiera de las partes el la otra tiene que abandonar el piso, es decir, yo según él, debería irme el mes que viene (no me ha enviado burofax, me ha dicho por telefono que me de por enterada) por esa claúsula.

    • Respondido por: atria
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Me parece que mi respeusta era clara, tiene derecho a cinco años con clausula o sin ella, pero para reclamar la sustitución del sofá debe acudir al Juzgado si el casero no se aviene a hacerlo.

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    ponga lo que ponga en el contrato no la pueden echar (mientras pague el alquiler) hasta los 5 años desde la firma del contrato, salvo la existencia de una clausula en la que se especifique que el casero puede necesitar la vivienda para uso propio. En ese caso le deben notificar tal necesidad con al menos 30 días de antelacion a la renovacion anual del contrato.

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