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Prorrogué contrato alquiler por otro año hace dos semanas, a los dos días de firmarlo por las dos partes, recibo sms de la inmobiliaria que lleva el tema al casero, comunicando que al día siguiente tenía visita en el piso porque estaban interesados en comprarlo. Lo alquilé sin muebles y en el contrato hay una cláusula que dice que se puede rescindir el contrato, por cualquiera de las partes, previo aviso de un mes. Estoy obligado a permitir la entrada en el piso a posibles compradores si no me lo ha comunicado por escrito?
Algo importante que se ha olvidado de comentarle mi compañero.
La parte que afecta a la parte arrendadora para rescindir el contrato con la antelación de un mes, es nula de pleno derecho y no tendrá ninguna validez en un juzgado, pues le quita a usted derechos protegidos por la ley.
Este derecho es el de disfrutar de su vivienda un periodo de 5 años, sin que la parte arrendadora pueda rescindir el contrato ( salvo cláusula de necesidad expuesta en el contrato y que se cumplan los motivos expuestos en dicha cláusula). Para renovar el contrato durante estos 5 años no debe firmar nada. Si no comunica, un mes antes de la finalización de la prórroga anual, su decisión de NO continuar, el contrato se autoprorrogará por otra anualidad.
Si quieren vender el piso debe saber que tiene derecho a compra preferente, tanteo y retracto., y que si alguien lo compra, debe cumplir y asumir como propias las obligaciones de su contrato de arrendamiento
Lo primero que debes hacer es cambiar el bombín de la cerradura para que nadie tenga llaves de tu casa (lo es mientras seas inquilino).
Nadie puede entrar sin tu consentimiento, es un delito.
No tienes ninguna obligación de dejar entrar "visitas" ni notificandotelo por escrito. otro tema es que tu estés de acuerdo y autorices.
Tu casero no puede rescindirte el contrato antes de 5 años (por mucho que lo ponga en el contrato es una clausula nula por ser contraria a la ley)