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Despues del primer mes viviendo en el piso el casero me pide que page el seguro de hogar, no estoy seguro de quien tiene que pagar este seguro, en el contrato no pone nada expresamente sobre ningun seguro, pero en el apartado de gastos dice que correran a cargo del inquilino los gastos de sumunistros; agua, luz... igualmente las reparaciones y obras de conservación, las tasas, arbritios e impuestos municipales y, en general, todos aquellos importes que se deriven o sean consecuencia del uso y disfrute del inmueble. Esto lo pone literal, a ver que interpretais vosotros... Muchas gracias.
Incluso para evitar que alguien del seguro, tuerza el morro si hay accidente,es aconsejable señalar que es una casa alquilada a la familia tal y tal
le he dado si querer a enviar.
en los de coche, tomador y propietario pueden no ser el mismo; en los de vivienda yo nunca vi la posibilidad de que sean diferentes.
hombre, los seguros de coche contemplan esta posibildiad; pero en el contrato queda bien clarito; cosa que no sucede en los de vivienda.
Gracias Paolo_x, es tremendamente curioso y perdona mi asombro, mi ignorancia no tiene limites... Pero por ejemplo yo tengo un coche asegurado a nombre de mi mujer y el propietario soy yo, especificando quien iba a ser el conductor la compañia dijo que cubria perfectamente, supongo que son cosas distintas...
Incidir en lo que comenta Amparo,
Si contratas tu, un seguro de continente, no te pagaran nada en este concepto; pues no es tuyo.
de la misma forma, si el casero contrata un seguro de contenido no cubrirá tus pertenencias.
cada uno debe contratar el suyo.
pablo.
Muchas gracias Amparo, creo que lo hare asi y espero no hayan discrepancias con el casero... En esto de obligatoriedades ando un poco perdido y no quisiera equivocarme para hacer o no hacer lo que me corresponda por ley. Os contare como ha terminado el asunto... Gracias
ducpa1198 Habla y pacta con tu casero de común acuerdo,y evita lios y problemas
Uno no puede asegurar lo que no es suyo.
si tú haces daño a las paredes o a las puertas (continente) del casero, lo cubrirá tu Responsabilidad Civil.
Pero si una tubería estalla por vieja. No es responsabilidad tuya en absoluto. O si un incendio causado por una vieja instalación eléctrica quema la casa. Tampoco es cosa tuya.
tu puedes estar tranquilo con tu rc y tu contenido
saludos - Papeleos Alquiler.
tremendamente agradecido de vuestras respuestas..
Entiendo asi que me corresponderia contratarlo a mi, pero solo de responsabilidad civil y contenido, que cubriria daños a terceros y mis pertenencias, en ese caso los daños producidos a la vivienda (continente) no estarian cubiertos y le corresponderia repararlos al casero... lo cual no creo que le agradara y comenzariamos asi una historia de litigios... entonces me pregunto: ¿no seria recomendable para evitar conflictos, contratar un seguro combinado de continente y contenido, aunque sea un poco mas caro? Muchas gracias...
Para ver más sobre seguros, puedes leer esto SI ALQUILAS PISO... ASEGÚRATE
A la acetrtada respuesta de Pablo solo me queda añadir que la teoría es muy fácil: Reparación pequeña o sustitución por mal uso corresponde al inquilino, lo demás al casero, en la práctica puede dar lugar a problemas importantes entre casero e inquilino, el mejor consejo es llegar a una solución transaccional por aquello de "Más vale un mal arreglo que un buen pleito" o la maldición gitana: "Pleitos tengas y los ganes". Transaccional viene de transigir, es decir ceder cada parte un poco.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).
básicamente tienes un casero muy listo.
la segunda parte es nula, pues le corresponde a el casero, ponga lo que ponga el cotnrato
(eso de "las reparaciones y obras de conservación, las tasas, arbritios e impuestos municipales y, en general, todos aquellos importes que se deriven o sean consecuencia del uso y disfrute del inmueble" )
Da igual que lo hayas firmado, es nulo y se tendrá por no escrito. La ley es bien clara al respecto.
El seguro SI es algo que vale la pena contratar; pero debes contratar un seguro de inquilino; es decir de responsabilidad civil y de contenido (o sea, tus cosas).
Si no tienes un seguro de responsabilidad civil y por ejemplo le prendes fuego a la cocina y se quema medio edificio, tendrás que pagar toda tu vida esa desgracia.
Lo mismo en pequeño si te dejas un grifo abierto, o cualquier cosa semejante.
Un seguro de responsabilidad civil y contenido apenas vale 80 euros al año. Vale y mucho la pena contratarlo. Yo no dormiria tranquilo sin seguro.
Pablo.