Hola.
Según lo dispuesto en el
art. 9 de la LAU, tu contrato se prorrogará obligatoriamente hasta alcanzar una duración de tres años, y la única excepción para contratos firmados por menos tiempo es que la propiedad necesite la vivienda para sí misma o familiar en primer grado.
Si el propietario te ha dicho sin más que tienes que irte, y no ha acreditado que la vivienda va a ser para él o un familiar, tu contrato durará necesariamente hasta septiembre de 2018.