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tengo que irme o algo he visto por ahi, que antes de los 5 años el casero no puede echarte?
Para ser así, debe haber una cláusula en el contrato que especifique que podrá recuperar la vivienda por necesidad de su hijo.
Obviamente, y si eso existe en el contrato, y el porqué de esa necesidad, deberías pedir que te lo "confirme" mediante escrito, pues deberá ocupar la vivienda su hijo en los tres siguientes meses, o se expone a una demanda por tu parte en la que podrás reclamar el pago de los 5 años, entre otras cosas
No a menos que en el contrato se especifique esa posibilidad.
es asi?
si tienes dudas, trancribenos las clausulas.
pablo.
Curra ,si en tu contrato pone que no renuncia el derecho de reserva,lo puede recuperar pero en los cumpleaños del contrato avisandote con 30 días antes. Si pasado el tiempo no ocupa la vivienda ese hijo, podrás reclamar