voy a firmar a 01 de febrero un contrato de arrendamiento de uso distinto a vivienda, y me dan dos meses de carencia para adecuarlo, cuando debo empezar a pagar? o debo pagar el primer mes en curso y luego se cuenta la carencia.
Preguntado por:
Patricia
Hace 5 años
Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
Ingeniero Humberto
inquilino/a
Por mi experiencia, lo normal para poder adecuar el local a la actividad que se vaya a realizar y solicitar la licencia de actividad en el ayuntamiento, es dar el depósito al principio y empezar a pagar el alquiler después de los meses de carencia pactados.
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