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Monica Canals Garcia

inquilino/a

Cancelacion contrato por la venta del piso
Mi hija firmo  un cortrato de alquiler de solo 11 meses a primeros de enero de este año con la cláusula de que el piso tambien estaba en venta y ahora se encuentra dos meses y medio despues que el propietario se lo ha vendido. L e han informado de la venta solo verbalmente y a finales de abril tendrIan q ue dejar el piso. ¿El propietario  puede rescindir el contrato por esta clausula? ¿tienen que informarle por escrito de la cancelación del contrato? ¿es leal esta clausula? ¿tienen que pasar al menos 6 meses para que pueran cancelar el contrato?.  ¿Puede aclararme estas dudas?. Gracias
  • Preguntado por: Monica Canals Garcia
  • Hace 7 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
PdC sociedad inmobiliaria ha sido el primero en contestar
  • PdC sociedad inmobiliaria

    PdC sociedad inmobiliaria

    profesional

    Buenas tardes,
    Tal como establece la nueva redacción del artículo 14 de la LAU, el adquirente de una finca inscrita en el Registro sólo quedará subrogado en los derechos y obligaciones del arrendador si el arrendamiento está inscrito. Por lo tanto, si no inscribió el arrendamiento en el registro, el nuevo propietario puede rescindir el contrato al no estar obligado a subrogarse a el. Lógicamente deben cominicerle este hecho para que sepa que el contrato esta rescindido y debe abandonar la vivienda. Si el nuevo propietario no quiere alquilar poco pueden hacer
    Espero haberle aclarado la duda
    Saludos
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