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he intentado cambiar de nombre la luz de un local después de que se haya ido voluntario el inquilino pero ha dejado una deuda muy grande de electricidad que yo no puedo asumir pero la compañía dice que si esa deuda no se paga no se puede cambiar de titular mientras no se abone la deuda
Hace poco me puse en contacto con mi suministradora de electricidad para realizar su misma consulta, ya que preveo que me veré en su misma situación en breve.
Me informaron de que, efectivamente, no puede realizarse un cambio de titularidad sin el número de referencia del contrato, ni si existe una deuda sobre ese contrato. Tampoco puede solicitarse la baja del servicio sin los mismos requisitos. La parte buena es que la deuda es del titular que figura en el contrato, por lo que nunca podrán reclamársela a usted.
La única solución que me ofrecieron fué solicitar un nuevo alta, ya que tras 62 días de impago la propia compañía procede a dar de baja el suministro. El importe del alta ronda los 60€, lo que sin duda le saldrá mucho más barato que abonar la deuda del parásito anterior.
Si la deuda de luz está a tu nombre no sólo no puedes cambiar de titularidad sino que figurarás como morosa en la compañía suministradora. El cambio de titularidad debe hacerse al inicio del contrato.
Saludos,