Ayuda para redactar una carta para casera piso en alquiler
Hola como ya he comentado otras veces y me habéis casi la mayoria contestado que esa cláusula no es válida, quisiera mandar una carta a mi casera diciéndole que no le pago la comunidad porque no es válida, ¿alguien me puede echar una mano? gracias
No necesita escribir nada, basta con no pagar. Pero si insiste en hacerlo, puede escribir lo siguiente:
No estoy obligada al pago de la comunidad porque la ley exige que antes de firmar el contrato el arrendatario conozca claramente la cantidad que va a tener que pagar.
Artículo 20 de la Ley de arrendamientos urbanos:
1. Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario.
En edificios en régimen de propiedad horizontal tales gastos serán los que correspondan a la finca arrendada en función de su cuota de participación.
En edificios que no se encuentren en régimen de propiedad horizontal, tales gastos serán los que se hayan asignado a la finca arrendada en función de su superficie.
Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. El pacto que se refiera a tributos no afectará a la Administración.
2. Durante los cinco primeros años de vigencia del contrato, la suma que el arrendatario haya de abonar por el concepto a que se refiere el apartado anterior, con excepción de los tributos, sólo podrá incrementarse anualmente, y nunca en un porcentaje superior al doble de aquél en que pueda incrementarse la renta conforme a lo dispuesto en el art. 18,1.
3. Los gastos por servicios con que cuente la finca arrendada que se individualicen mediante aparatos contadores serán en todo caso de cuenta del arrendatario.
4. El pago de los gastos a que se refiere el presente artículo se acreditará en la forma prevista en el art. 17,4
Habría que ver claramente lo que dice la cláusula de tu contrato respecto al pago de la comunidad. Para que tú tengas que pagarla debería haber incluído en el contrato que tú, como inquilino, asumes el pago de las cuotas de la comunidad de vecinos y el importe al que ascienden dichas cuotas. Si no es así, escríbile una carta en la que indicas tus datos, los datos del piso, los de tu casera y en la que dices que no tienes que pagar las cuotas de comunidad en base a lo que estipula la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 en su artículo 20:
"Artículo 20. Gastos generales y de servicios individuales.
1. Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario.
En edificios en régimen de propiedad horizontal, tales gastos serán los que correspondan a la finca arrendada en función de su cuota de participación.
En edificios que no se encuentren en régimen de propiedad horizontal, tales gastos serán los que se hayan asignado a la finca arrendada en función de su superficie.
Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. El pacto que se refiera a tributos no afectará a la Administración."
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