Ni de broma te servirá un sms, si no quieres mandar el burofax (con certificación de texto) unos 30 euros, que es lo correcto busca dos testigos y visítalo con ellos que den testimonio de lo que le quieras decir pero recuerda que dependerá del clausulado del contrato lo que yo te recomiendo es acudir a un profesional porque son varios los temas como suministros, desperfectos en la vivienda etc ... que a la larga te pueden dar algún dolor de cabeza.
El cumplimiento de los contratos no puede dejarse al arbitrio de una de las partes, en base a lo cual se estará a la forma en que ha de realizarse las comunicaciones entre el arrendador y el arrendatario. Se suele indicar en los contratos de arrendamiento que la comunicación será de forma "fehaciente", es decir, que se pueda probar. Salvo que no se estipule por las partes en el contrato que la comunicación ha de ser escrita (p.e. burofax con acuse de recibo y certificación de texto) es de presumir que si se prueba que el arrendador ha recibido el mensaje, la comunicación será valida, en caso contrario (no probarse que ha recibido el arrendador No ha recibido el mensaje) tal comunicación no será suficiente. La carga de la prueba corresponderá a quien lo alega. (art. 217 L.E.C.)
El problema es que si tienes que llegar a juicio ya se sabe que cada juez te puede sorprender con sus sentencias, a parte que reclamar dos mensualidades es más caro que pagarlas. Claro que depende de quien ponga la demanda.
La ley es clara: Se debe comunicar de forma "fehaciente". Esto quiere decir que no puede haber lugar a duda de que lo has comunicado y que el propietario ha recibido la comunicación. La forma que más se emplea (si ves que el propietario te va a poner muchas pegas) es por escrito, en burofax y con certificado de contenido y acuse de recibo.
Por otro lado, habéis firmado un contrato que es de obligado cumplimiento para las dos partes. El propietario está en su derecho de reclamar que pagues hasta el fin del contrato salvo que encuentre antes un inquilino, o lo encuentres tú, se lo presentes, le guste y lo acepte. Saludos.
El sms no te sirve Marcoantonio. No se qué tipo de contrato tienes, pues hablas de dejarlo 2 meses antes de tiempo. En cualquier caso, lo único que te puede servir como aviso, es un burofax (muy caro) o un telegrama. Las cartas certificadas tampoco sirven, pues correos no certifica lo que escribes dentro, pero un telegrama sí
No te vale un sms, tampoco 1 carta certificadad, lo único que te puede valer antes una situación legal es que envíes un telegrama, o un burofax (como éste es + caro ...) como no sé qué tipo de contrato tienes, tampoco te puedo decir si legalmetne puedes dejar la casa 2 meses antes. Pero insisto, el comunicado hazlo por telegrama, te evitarás problemas. Un saludo, Carmen Rios
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