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En el contrato dice de avisar con un mes de antelación pero no dice de la cantidad a descontar, quiero saber si hay alguna forma de saber esto. El contrao es del año 2009 y no es de un particular ahora es de gestin cuando yo lo alquile si era de un particular. Si sirve de información una cláusula del contrato dice: para todo lo no previsto en el presente contrato resultará de aplicación la ley 29/1994 de 24 noviembre de arrendamientos urbanos. Gracias.
Poliana el hecho de no cumplir el preaviso de treinta dias no implica que el casero pueda descontar una cantidad como sanción sin embargo lo que si puede hacer es no admitir su desistimiento
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