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El arrendador podrá disponer de la vivieda, antes de finalizar la prórroga de 5 años, siempre que conste expresamente en el contrato. Se avecinan nuevas negociaciones, o ¿no será obligatorio para el arrendatario firmar un nuevo contrato que incluya una cláusula en este sentido?
Paolau. Esa cláusula podrá ponerse en los contratos que se firmen a partir del 24 de diciembre. No para los anteriores.