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XAVIER-JOSEP

inquilino/a

Soy arrendatario de una vivienda mediante contrato formalizado en diciembre 1995 por un plazo de 5 años.

Una vez transcurrido ese periodo de tiempo, se entiende prorrogado automaticamente dicho contrato? Por cuanto tiempo? Hay que formalizar otro?

  • Preguntado por: XAVIER-JOSEP
  • Hace 11 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola xavier:

    coincido con la respuesta de la Sra Amparo y le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm

    reciba un cordial saludo

    despacho Armando García Fernández.

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Pues si, salvo variación substancial de la renta (incrementos por encima del ipc), en cuyo caso se sobreentiende un nuevo contrato verbal, su contrato se encuentra en tácita reconducción, es decir, prórrogas mensuales si la renta se pactó mensual, o anuales si la renta se pactó anual.

    Firme un nuevo contrato si quiere tener perspectivas de más prolongada estancia en ese piso.

    Saludos - Papeleos Alquiler.

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