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Sonia Fernández

inquilino/a

El arrendador tarda mucho en arreglar los electrodomesticos. Llevo dos semanas sin frigo ni lavadora.

Puedo rescindir el contrato?

Me quedé casi tres semanas en el mes de julio sin frigorífico y llevo dos semanas sin lavadora. Así no se puede vivir!

Estoy dentro del primer año de contrato y me quiero buscar otro sitio donde vivir. Tiene que devolverme la señal?

Muchas gracias!

  • Preguntado por: Sonia Fernández
  • Hace 11 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Nadie puede rescindir unilateralmente un contrato, para ello necesitaría acudir al Juzgado. En las averías de los electrodoméstcos hay que aplicar la teoría general

    Reparación pequeña o sustitución por mal uso corresponde al inquilino, lo demás al casero, en la práctica puede dar lugar a problemas importantes entre casero e inquilino, el mejor consejo es llegar a una solución transaccional por aquello de "Más vale un mal arreglo que un buen pleito" o la maldición gitana: "Pleitos tengas y los ganes". Transaccional viene de transigir, es decir ceder cada parte un poco.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Sonia Fernández

    inquilino/a

    Gracias por responder tan rápido!

    Qué he de hacer entonces? Seguir hasta que acabe con el contrato con un arrendador que me deja sin electrodomésticos tan esenciales el tiempo que quiere? Yo no quiero que me compre electrodomésticos último modelo ni nada por el estilo. Solo quiero electrodomésticos decentes que si se estropean porque ya son antiguos no me deje sin ellos tanto tiempo porque no quiere gastarse dinero en arreglarlos.

    Firmé el contrato el 22 de mayo. Puedo rescindirlo por este motivo?

    Gracias!

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Debe tomar en consideración queen los arrendamientos de vivienda suele ocurrir que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados en sede judicial puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
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