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gmgmgm

inquilino/a

Por arreglo en vivienda causada por inundación y no poder habitar, ¿tengo derecho a una indemnización?

En Marzo de este año, se inundó el pasillo de la vivienda, provocando ciertos desperfectos (madera pasillo acceso a cocina, salón y dormitorios, pintura pared, alicatado suelo aseo). Han cambiado la madera del suelo y pintado la pared la semana pasada. Tuvimos que ir al hotel 3 días porque no se podía pisar. La limpieza un desastre. Tenemos derecho a que la dueña nos indemnize por los trastornos causados???? Hemos estado viviendo con el suelo abombado 8 meses, 2 adultos y tres niños. Gracias

  • Preguntado por: gmgmgm
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
gmgmgm ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Si ha pagado el seguro de la dueña, es ese mismo seguro quién debía cubrir también vuestros gastos. Para ello debéis hacer una reclamación y presentar las facturas correspondientes

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • gmgmgm

    inquilino/a

    El culpable de la inundación fué la antiguedad de las tuberías de la casa. El arreglo lo ha pagado el seguro de la dueña, ya que no corresponde al seguro de la comunidad.

    Por eso, yo como inquilina, quería saber si tengo algún derecho a indemnización, por las molestias causadas en el ritmo de vida diario, etc.....

    Gracias.

    • Respondido por: gmgmgm
    • Hace 13 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola gmgm:

    sin perjuicio de la acertada respuesta de mi compañero Pholmo, faltan datos para determinar si sería posible aplicar el artículo 21. 2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, cuya lectura le recomiendo.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    No dice quien es el responsable de la inundación que es quien debería responder de esos daños y perjuicios en cualquier caso debe considerar que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar  obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.

     En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/   estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
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