Lamentablemente no hay una lista de averías con su correspondiente responsable, así que cada caso es distinto. Ya he expresado mi opinión recientemente en dos respuestas dispares a otras tantas averías de cerraduras,
http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/inquilinos/pagar-cambio-cerradura-en-piso-en-alquiler_4258.html http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/reformas/quien-pagar-factura-cerrajero-300euros-puerta-40-anos-yo-dueno-piso_1987.html Pero una reparación de 670 euros no es de esas pequeñas reparaciones que corresponden siempre al arrendatario. Por tanto habrá que estar a la norma general que obliga al arrendador a mantener la vivienda en las debidas condiciones, salvo que el desperfecto sea imputable al arrendatario, lo que no parece que ocurra en este caso. Si la reparación es urgente, podrá efectuarla por su cuenta y reclamarla posteriormente. Si no es urgente, podrá notificar al arrendador por medio de un burofax con certificación de contenido la necesidad de la reparación. En caso de que permanezca la discrepancia, podrá resolver el contrato o reclamar judicialmente la reparación.