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Por favoe contestar lo antes posible.
gracias.
Hola fernando:
la regla general es la siguiente:
1º) Agotamiento de la vida útil de los electrodomésticos. Coste a cargo del arrendador.
2º) Rotura de electrodomésticos por causas no imputables al arrendatario. Coste a cargo del arrendador.
3º) Rotura o reparación debido a mul uso o negligencia del inquilino. Coste a cargo del arrendatario(inquilino)
4º) Pequeña reparación por uso habitual y normal de los electrodomésticos. Coste a cargo del arrendatario(inquilino).
reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.tl
Si ha sido culpa tuya o se trata de una pequeña reparacion debes asumir tu el coste.
el motivo y el importe debe determinarlo el tecnico.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es