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La comunidad no enciende la caldera por impago de algunos vecinos y me encuentro sin calefaccion, cuyos gastos estan incluidos en el precio de la vivienda. Que debo hacer, y que derechos tengo
Hola Cholo:
Coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo y le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Arrendatario-y-Comunidad-de-Propietarios.htm
reciba un cordial saludo.
A la vista de la ultima respuesta me permito intervenir para subrayar que si no llegan a un acuerdo para resolver el contrato, no hayotra salida que la judicial y el incierto pronostico del resultado hace que no sea muy recomendable este camino.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
Rescision de contrato a bajada de alquiler hasta que se solucione. Es lo que yo haría.
Se debe tener en cuenta que no es el casero el culpable de la NO calefacción,lo son los vecinos que no pagan y son a esos los que la comunidad deberá demandar.
Yo pactaría mi salida con el casero,en un tiempo prudencial o la rebaja del alquiler
El art. 1.124 del Código Civil dispone que en las obligaciones recíprocas contractuales (es decir, aquellas en las que una parte se obliga a cambio de que la otra le compense con otra prestación, y así recíprocamente) se
entiende que está implícita una cláusula en virtud de la cual, si una de las partes incumple, la otra, o sea, el perjudicado, puede optar entre exigir el cumplimiento, o desentenderse y resolver el contrato, es decir, conseguir como si el contrato no se hubiera celebrado, y por esto, en tal caso, en virtud de la resolución, estaría el perjudicado exonerado de cumplir. Si ya hubiera cumplido tendría derecho a que se le restituyera y del mismo modo la parte requerida de resolución tampoco habría de cumplir y si ya hubiera cumplido procedería restituir. Todo ello sin perjuicio del derecho de la víctima a pedir la indemnización de daños y perjuicio.
En definitiva el incumplimiento de una de las partes dará derecho a la parte que hubiera cumplido, a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del contrato.
Estás en tu derecho a exigir el cumplimieto al casero con los daños y perjuicios si los hubiere (ejem: si tuvieras problemas de humedades por ausencia de calefacción); y si tienes dudas lo mejor es que promuevas la resolución del contrato.
De lo contrario y solo si estás dispuesto a vivir sin calefacción, como bien comenta Amparo, trata de nogociar una rebaja en el alquiler.
Lo ideal sería que habaras con tu arrendador y tratárais de llegar a algún acuerdo.
tu derecho es tener lo que has pagado. Pero no está en la mano del arrendador.
pídele que te deje ir. O que te rebaje la renta. Lo que más te convenga.
saludos - Papeleos Alquiler.