Quiero comentar las respuestas a esta pregunta.
1.La obligación del inquilino es pagar la renta. La del arrendador mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad y al inquilino en el goce pacífico de lo arrendado. 2. NO es cierto que si usted no paga la renta y le demandan por impago de rentas usted no pueda oponerse. Puesto que la demanda de desahucio por impago es juicio verbal, puede demandar a su vez en la contestación u oponerse al pago por incumplimiento de las obligaciones del casero. El juez decidirá quien tiene razón. 3. Acuda en abogado.
Mis datos y teléfonos en
http://www.abogadoarrendamientos.com/