ASun ante todo para aclarar los conceptos le recomiendo que lea
EL DECALOGO DEL CASERO Hacienda no sanciona por alquilar sin contrato escrito, sanciona si el dueño no declara el alquiler y la Agencia tributaria lo detecta.
Si se alquila como vivienda hay que respetar ese alquiler tres años, salvo que el dueño necesite esa vivienda, en cuyo caso deberá preavisar al inquilino con dos meses de antelación y luego ocupar la vivienda a los tres meses de quedar vacía, lea esto:
La denegación de prórroga del alquiler por necesidad y la obligación de ocupar esa vivienda La denegación de prórroga del alquiler por necesidad y la obligación de ocupar esa vivienda 2 Para ampliar más o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
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