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Tony Sanchez

casero/a

Tengo un piso alquilado a varios jóvenes, que a veces resultan algo molestos a la comunidad de vecinos
¿Tengo alguna corresponsabilidad con sus actos? Ya les ha advertido de que tienen que cumplir con las normas de la comunidad.
  • Preguntado por: Tony Sanchez
  • Hace 16 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    El arrendador no es responsable de las molestias que los arrendatarios puedan ocasionar al resto de vecinos de la comunidad, pero un juez podría resolver el contrato de arrendamiento si las molestias llegaran al extremo de afectar los derechos de los demás comuneros (artículo 7. 2 de la Ley de Propiedad Horizontal).
    • Respondido por: Juan
    • Hace 16 años
  • Armando Perea

    Armando Perea

    profesional

    Si la situación llegase a tal grado de molestias que la comunidad actuase judicialmente lo haría contra el propietario en primer lugar, y en su caso contra el ocupante (inquilino) pudiendo llegar si el juez estima la demanda (molestias graves y persistentes) a la privación del uso de la vivienda por tiempo no superior a 3 años (lph). Mi recomendación es que el propietario (arrendador ) tiene que involucrarse en los supuestos en los que sus arrendatarios están ocasionando. !De verdad! Molestias graves a la comunidad y para ello lo mejor es enviarles un burofax en el que se les aperciba de las constantes quejas recibidas de la misma y que en caso de continuar se procederá a resover de pleno derecho el contrato de arrendamiento basado en el art. 27.2 e) de la LAU (cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas...)
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    No es responsable de sus actos pero le interesa acreditar la existencia del contrato (ingreso de la fianza, declaración de la renta en el IRPF, etc.).
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