Tiene que comunicar por fax que se marcha por causa de necesidad (menores ingresos, desplazamiento del lugar de trabajo, para, cualquier cosa) y muy probablemente (no es seguro pues hay sentencias de todos los colores) no le pasará nada. Si hubieran previsto una cláusula de penalización en su contrato por desistimiento anticipado, cualquier cosa por encima de un mes de renta por año incumplido podría ser discutido con razonables posibilidades de éxito en los juzgados.
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