¿Tengo derecho a que me devuelvan la fianza si yo estoy de cotitular en un piso y sólo me marcho yo?
Estoy de cotitular en un contrato de un piso junto con mi compañera. El contrato está a nombre de las dos con una fianza de 1500€ en total. Cada una aportamos la mitad (750€). Ahora yo me voy del piso avisando con un mes de antelación a la casera como estipula el contrato ¿puede quedarse con mi parte de la fianza? o ¿o la fianza se devuelve en su totalidad? La casera tiene depositada la fianza en el organismo oficial de mi comunidad. Gracias!!
La fianza es indivisible, responde de un contrato, no de medio. Lo peor del caso es que el abandono de una contratante permite a la arrendadora resolver el contrato, siempre que no acepte la cesión parcial que se produce entre las dos arrendatarias. En resumen, a ambas arrendatarias interesa un acuerdo con la arrendadora que permita a una de ellas quedarse como única arrendataria o la entrada de una tercera persona con los mismos derechos que tenía la que abandona.
Si el acuerdo es imposible pueden darse dos casos. Si la notificación se ha hecho al menos treinta días antes de cumplirse la duración del contrato o de su prórroga anual, el contrato queda resuelto y la fianza ha de devolverse. Si aún queda duración de contrato o prórroga por cumplir, ambas arrendatarias están obligadas a terminar de cumplirlo.
Para que el Organismo competente le devuelva la fianza a tu propietaria, hay que cancelar el contrato. Lo que yo te recomendaría es que quedarais de acuerdo en cancelar el contrato (de esta manera te podrán devolver la fianza) y que tu compañera hiciera un nuevo contrato, bien ella sola o bien con otra persona.
Si no, otra manera de arreglarlo es que busqueis a la persona que te va a sustituir, que ella de los 750€ de fianza que le tocaría y que eso te lo quedes tu y ella ocupe tu lugar sin modificar el contrato. (Eso no se si le gustará a la propietaria.)
En ese caso dependerá única y exclusivamente de los pactos en particular que hayais establecido y si los habéis reflejado contractualmente. El piso no dispone normalmente de una fianza por inquilino o arrendatario, sino que tiene una fianza global, como se reparte eso entre los arrendatarios es problema de estos, por tanto, en el caso de que no lo hubierais previsto inicialmente, el arrendador no tiene responsabilidad en la devolución de la fianza, tendrías que pactar esa devolución con tu compañera de piso, que ella fuera quien te abonara el dinero de la fianza.
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