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maria_jose_m

inquilino/a

¿Qué cosas hay que tener en cuenta cuando se alquila un piso?
hola buenas, vamos a alquilar un piso con mi novio, quisiera saber qué cosas tenemos que tener en cuenta para que luego no tengamos problemas, muchas gracias
  • Preguntado por: maria_jose_m
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
José M. Mendoza ha sido el primero en contestar
José M. Mendoza ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Juan

    profesional

    Un contrato es como la preparación de una comida, hay que estar en la cocina en todo momento. El mejor consejo es no firmar con prisas, ni firmar sin haber entendido perfectamente hasta la última palabra. Tener una copia del contrato qué menos que 24 horas antes de la firma para leerlo y analizarlo detenida y tranquilamente en casa, o llevarlo a un experto que os explique cualquier duda.

    No estará de más leer también la Ley de arrendamientos urbanos 29/1994, que encontraréis en internet fácilmente, en especial los artículos 1, 2, 6 a 28, 36 y 37, relativos a los arrendamientos de vivienda. Si seguís teniendo dudas, podéis preguntar de nuevo en este foro hasta quedar completamente satisfechos.

    Dicho lo anterior, dos consejos que nunca me cansaré de repetir, no entregar dinero sin recibir prueba del pago y que la duración del contrato no sea superior a un año, porque más duración no da más derechos pero da multiplica las obligaciones.

    Por otra parte, vais a vivir dos personas, por lo que conviene decidir si ambos queréis ser arrendatarios, firmando los dos, o no. Siendo arrendatarios los dos tendréis toda la responsabilidad y todos los derechos que la ley otorga al arrendatario. Lo peor sería que uno de los dos no firmara como arrendatario pero firmara como avalista, porque tendría todas las responsabilidades y ningún derecho. Tampoco es lo mismo firmar como arrendatarios que firmar como arrendatarios solidarios. Esta última es la opción más segura en el caso de que el tiempo acabe con la convivencia y uno de vosotros quiera permanecer en la vivienda, pues no necesitaríais el consentimiento del arrendador.

    Como no puedo ser exhaustivo y la mañana va de chollo, podéis enviarme por mensaje privado copia del contrato ocultando todos los datos privados pero indicando vuestra dirección de correo y lo estudiaremos juntos.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • José M. Mendoza

    profesional

    Hola María José. A la hora de alquilar una vivienda es importante considerar que ante todo ese será vuestro hogar durante algún tiempo, puede que años. Por tanto, debeis elegir bien respecto a la tipología, la ubicación y la zona, el nivel de dotación y comunicación, y en definitiva valorar cada uno de los aspectos que determinarán si la vivienda conseguirá satisfacer plenamente vuestras necesidades temporalmente. Puede parecer una tarea sencilla, pero si elegimos bien evitaremos en el futuro perjudicar al propietario si nos vamos antes de concluir el contrato porque se ha quedado pequeña o incialmente nos pareció estar bien localizada y luego resulta que el autobús no pasa cerca. Por mi experiencia os puedo decir que normalmente los propietarios suelen razonar cuando el planteamiento de la situación lo requiere, plantead siempre las dudas y soluciones si las tenéis. El arrendador os está cediendo su propiedad y si para vosotros es vuestro hogar, para él no deja de ser también su propiedad. Normalmente encontrareis un contrato de alquiler estandarizado, puesto que la Ley de Arrendamiento Urbano regula en su mayoría cada uno de los aspectos del acuerdo entre arrendador y arrendatario. Debeis poner especial atención a las cláusulas del contrato en lo referente a la prestación de garantías adicionales y cláusulas que penalicen económicamente vuestra marcha antes de concluir el arrendamiento.

    Personalmente considero que un plazo de sesenta días de preaviso es suficiente para volver a realizar la gestión de alquiler de la vivienda. Revisad el inventario y funcionamiento de aparatos eléctricos, especialmente durante los primeros días de ocupación de la vivienda. No es lo mismo reclamar un electrodoméstico estropeado al acceder a la vivienda, que hacerlo varios meses después argumentando que no se ha utilizado anteriormente. Toma nota de las lecturas de los contadores de servicios, o pide al propietario que te los facilite con objeto de no pagar más de la cuenta al comienzo.
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