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He alquilado un piso y el día de la firma me encuentro con una cláusula que no me habían comentado: me obligan a permanecer 5 años en el piso y si me voy antes debo pagarles una indemnizació del valor del alquiler por los año/s que me vaya antes de esos 5 años. ( si me fuese ahora tendría que pagar más de 3000 euros....)
Si por cualquier " factor" debo dejar el piso, es legal esa cláusula, pues quiero confirmar lo que me han dicho ya personas que entienden ..que únicamente se puede aplicar a locales, pero no a pisos. Agradecería si me pudieran responder a esta duda, pues me preocupa la idea de tener que dejar el piso por motivos laborales y deber pagar ese dinero ...
Muchas gracias por adelantado.
En mi blog, http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2011/02/alquileres-indemnizacion-por.html considero que tienes cumplida respuesta a tus preguntas, no obstante me pongo profesionalmente a tu disposición telefónica para cualquier asesoramiento complementario.
Aunque no se estableciese esa cláusula, los contratos deben cumplirse según lo pactado. No obstante, los Tribunales de Justicia suelen considerar abusiva una indemnización equivalente al total de las mensualidades que restan para finalizar el contrato, y la reducen a las mensualidades que transcurren entre el desistimiento y el nuevo alquiler que consiga el propietario. No obstante, antes de firmar el contrato hay que revisarlo, y no comprometerse por periodos tan largos, cuando la Ley permite que el plazo inicial pueda prorrogarse por la mera voluntad del inquilino hasta un total de cinco años.