Apreciado Mfont:
En puridad si formalizáis un contrato de depósito, tú no podrías usar los muebles y electrodomésticos. Si expresamente se te autoriza para usar los mismos ya no seria un contrato de depósito sino un contrato de comodato o préstamo.
Lo que es evidente es que el arrendador está muy mal asesorado y pretende muy burdamente y quizá inutilmente evitarse las obligaciones que le impone la LAU.
De todas formas te recomendaría que no aceptases ninguna situación con la que no estés de acuerdo.
Guimaraens Abogados está a tu disposición para cualquier cosa que puedas necesitar.
Atentamente,
Guimaraens Abogados
Bufete especializado en arrendamientos en general y en desahucios en particular
Tramitamos procedimientos en toda España
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