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Más el mes en curso siendo cuando deje de alquilar me sea devuelto los dos meses, porque el Casero me dice que no son tres meses mas el mes .
El deposito minimo que exige la ley es de 1 mes para alquileres de vivienda y 2 meses para alquileres distintos al de vivienda. A partir de eso el casero te puede pedir un deposito adicional de los meses que el quiera como garantia adicional
1. A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda
5. Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico.