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Si salen a devolver, ¿Se los debe quedar él o correspode que me los de a mi?
en el contrato dice: "Gastos e impuestos. Se obliga el arrendatario a satisfacer además de la renta los suministros que afecten al inmueble (luz, agua).
Igualmente serán de cuenta del arrendatario todos los pagos y permisos oficiales necesarios para la apertura y utilización del inmueble arrendado. Así como los gastos ordinarios que pertenezcan al local arrendado".
Y con esto el arrendatario cada trimestre me pasaba la liquidacion de los gastos comunes (pasados por el administrador de la comunidad) y yo se los pagaba. Pero al cambiar yo de gestor, este se dió cuenta que los gastos comunes eran a devolver y no a pagar para el local. El arrendatario los estaba cobrando 2 veces, una que se lo devolvia la comunidad y otra que se los pagaba yo. Al reclamarle me dice que no se había dado cuenta y ahora en la liquidación pasada por el administrador tacha con un marcador el importe que tiene a favor por la antena y me quiere cobrar los otros gastos. Por esto mi consulta.
Pues aqui algo no cuadra. Para tener que hacerse cargo de la comunidad, el importe a pagar debe estar reflejado en el contrato.
si, la comunidad recibe un dinero por una antena de una empresa de telefonía en la azotea, que es superior a los gastos.
Gracias por interesarse por la pregunta.