Si tiene el piso alquilado y está pagando el alquiler no tiene por qué admitir visitas para la venta, y debe saber que en caso de venta:
1.- Tiene derecho de adquisición preferente: Tanteo y retracto, en mi blog desarrollo estos asuntos.
2.- El comprador ha de respetar sus derechos arrendaticios.
A tu disposición para cualquier cosa que puedas necesitar.
Pedro Hernández Olmo, abogado
Web:
pedrohernandezabogado.blogspot.com
Teléfono: 976 399191