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Mi marido ha fallecido y era el titular de un contrato de alquiler de renta antigua. No puedo localizar al dueño puesto que lo que quiere es que me vaya. Me han dicho que no tengo que hacer nada, que solo he de hacer los ingresos de la renta a mi nombre ¿es esto cierto? ¿podrá echarme si no hago nada?
Hola Rosa:
Coincido con las respuestas anteriores y le sugiero que acuda con el contrato a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
En un arrendamiento de renta antigua, al fallecer el inquilino titular lo primero que hay que hacer es comunicarlo fehacientemente al dueño, averiguando previamente si existe o no derecho a subrogación y la duración de la misma.
Todo ello precisa de un estudio previo del contrato. Lo que cabe afirmar desde luego es que el telefono no es medio adecuado para esta comunicación del fallecimiento.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
http://www.pedrohernandezabogado.com/
Rosa,
Dado lo crítico del asunto, y lo esquivo de su casero, creo que es muy buena idea que acuda rápidamente a un abogado especializado.
si hay que realizar algun tipo de trámite, hay un plazo para hacerlo.
a ver algún letrado de la comunidad le puede indicar, pero insisito en la necesidad de que acuda a un abogado con toda la documentación de que disponga.
pablo.