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BELEN

inquilino/a

Adelanto de alquileres en vez aval bancario
Hola, seria posible la opción de ofrecer al propietario el pago adelantado de x ejemplo seis meses o por la duración del contrato y no solicitar aval bancario q supondría tener el dinero retenido por el banco en cuenta y además pagando comisiones de apertura y cancelación? Gracias. 
  • Preguntado por: BELEN
  • Hace 9 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (10)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Belen:


    Si su futuro arrendador desconfía de la fórmula propuesta por usted, ofrézcale un depósito en metálico de x meses de renta como garantía adicional además de la fianza.


    reciba un cordial saludo.



        http://letradosalquileres.es.tl
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Tienes razón Amparo, me tiré de la moto, no suelo hacerlo,
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Ya ya Pedro...  me refiería a tu primera intervención dices que cualquier casero estaría encantado... 
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Amparo, respeto tu criterio e incluso lo comparto pero aqui quien pregunta es un inquilino.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Bueno yo no lo aceptaría...
     ¿Quiién me asegura qué pasará al séptimo mes?
    Solo un aval bancario, o un depósito en efectivo de la misma cantidad. 
    Pero no el pago anticipado... ese... se agota... 
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Pienso que en este caso es claro, el consultante ofrece ese anticipo, el casero acepta y queda constancia de ello en el contrato, ¿Cual es el problema? Te sugiero la lectura de este enlace:
    Un alquiler de vivienda que se paga por anualidades
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    En qué medida puedes distinguir un ofrecimiento del arrendatario de una exigencia del arrendador?
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Compañero, me parece que tu respuesta puede inducir a error a la consultante, una cosa es que el casero no pueda exigir más de un mes de alquiler por anticipado y otra distinta es que el inquilino ofrezca un anticipo superior, por eso le digo que lo deje bien documentado.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Artículo 17. Determinación de la renta. 1. La renta será la que libremente estipulen las partes. 2. Salvo pacto en contrario, el pago de la renta será mensual y habrá de efectuarse en los siete primeros días del mes. En ningún caso podrá el arrendador exigir el pago anticipado de más de una mensualidad de renta.
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Belén considero que cualquier casero estará encantado con esa oferta, procure documentarla correctamente. Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)  http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
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