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¿Acabo de firmar contrato y me dicen que tengo que contratar seguro responsabilidad civil?
Crazyh, Gracias por contestar con sólo cuatro q en lugar de que
Antes o despues de la firma?
Porque si es antes no puede hacerse, y si es despues... si no lo hace que pasa? ( quiza estoy rizando el rizo, pero a mi no me han pedido nada en el seguro, y me cubre, por ejemplo, roturas de cristales, con lo q me pagarian a mi los desperfectos, desperfectos q yo tendre q abonar al propietario en el momento en q me vaya o me los va a reclamar a mi,no? )
El seguro de RC se contrata a nombre del inquilino,lo paga el y se pone como beneficiario al dueño.En el supuesto caso de que por ejemplo se queme la vivienda por una negligencia del inquilino y el seguro pague ¿no te parece bien que lo cobre el dueño?¿sería mejor que lo cobrase el inquilino y desapareciera?....¡Pues para eso se pone como beneficiario al dueño!Habla con tu seguro y te dirá que es perfectamente legal y cotidiano.Al firmar un contrato ,que obliga a ambas partes,se pone 1º la fianza de uno o dos meses 2º el aval si se pide 3º el seguro(para mi importantísimo) El seguro tiene la obligación de comunicar al baneficiario su cese, siempre que se anule dicho seguro,bien por parte de la compañía o bien por parte del contratante por escrito fehacientemente.Eso es lo que mi corredor de seguros Bilbao me dice y por cierto llevo haciendolo más de diez años.Por supuesto que se hace el mismo día que se firma el contrato.
Hay cosas q no entiendo javier.
Dices q el seguro se hace a nombre del inquilino y tú como beneficiario... Cuando lo haceis? antes de firmar el contrato? el mismo dia? tres meses despues? Por que el seguro te lo tendria q comunicar? Yo si me hago un seguro de viaje y pongo a mi madre ( por decir algo) como beneficiario no le comunican ni que lo he hecho ni que lo doy de baja. Por que en este caso si?
Por cierto, a mi me parece buena opcion, de hecho la tengo contratada, pero ni he tenido q poner beneficiario ni he dado parte a mi arrendador
¿de dónde sacamos que no es legal?Yo es una condición que pongo y si no estás de acuerdo no la firmes.El seguro se hace a nombre del inquilino,siendo el arrendador el beneficiario(el seguro me tiene que comunicar si se da de baja)
Cuando pides un crédito al banco,este te obliga ha acerte un seguro,y si no no te da la pasta
Crazyh,yo no "obligo" es una condición que pongo y que mis inquilinos aceptan de buen grado
Javier , tu puedes "obligar" en tu contrato, pero no es legal q obligues. Es mas, tampoco te enteras de si una vez firmado lo contratan o no, asi q para el caso es lo mismo
Amparo,Hay que entender "la retranca"
De todas las formas te diré que yo en mis contratos obligo a contratar un seguro de RC
Tengo un conocido que ya hace ventitantos años,tená un piso en alquiler y a la señora se le pegó fuego la sarten y la campana quemándose la cocinay como no tenían seguro de RC y dió el caso que eran insolventes,la broma le costó cerca de dos millones de las antiguas.Figúrate si tendría que ser "obligatorio"
Disiento con la respuesta de Javier Díez.
no es obligatorio. Ningún seguro de hogar es obligatorio.
saludos - Papeleos Alquiler.
De recomendable que es ,es obligatorio hacer seguro de responsabilidad civil
No es obligatorio, pero si muy recomendable hacer un seguro de r. C.
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si, es muy recomendable, porque si te dejas un grifo abierto y le estropeas el piso al vecino de abajo, por ejemplo, si no tienes seguro deberás pagar tu de tu bolsillo el arreglo del piso de abajo.
A mi me ha costado 80 euros el año, pero no sólo me cubre los daños al vecino si no también los mios propios.
Si sale ariendo la cocina, mi seguro la hará nueva, por ejemplo. Sin seguro, la debería pagar yo.