Si los dos conyugues contratan un piso en alquiler y no tienen hijos pero uno de los dos contratantes desapare,dejando la relación y está ilocalizable,se debe modificar el contrato de alquiler del piso reflejando la nueva situación o es causa de anulación del mismo?.
De acuerdo con Piscis, y recalco, que en ningún modo el que un inquilino "desaparezca" anula el contrato... Ni siquiera se anularía desapareciendo los dos... Siguen siendo ambos responsables...
El arrendamiento sigue sin modificar el contrato. Ambos arrendatarios siguen respondiendo solidariamente ante el arrendador del cumplimiento del contrato.
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