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Hola, llevo en un piso alquilado desde hace cuatro años y he renovado el cuarto año el pasado mes de febrero.
Mi mujer se ha quedado embarazadas y necesitamos un piso un poco más grande (el de ahora es un apartamente). Se que legalmente debería cumplir integramente con el cuarto año, pero cuales son las consecuencias ante la falta de cumplimiento, es decir, que pasa si le doy dos meses y me voy.
¿Me puede reclamar judicialmente estas cantidades?
¿aun reclamandole judicialmente podría el arrendador alquilarlo despues de irme o tiene que esperar al final del cuarto año?
Gracias.
Hola chien:
coincido con las respuestas anteriores
reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Hola,
como poder te puede reclamar hasta cumplir el año siempre y cuando no lo vuelva a alquilar, y si lo alquila solo podrá reclamarte la diferencia de renta, y el coste de volverlo alquilar (comisión, tiempo, etc....).
Lo mejor es que hables con el casero, le des permiso para que enseñe mientras tu estás la vivienda, que intentes tu mismo encontrarle un nuevo inquilino, y que le dejes la vivienda en perfecto estado, para que vea que no quieres causarle ningún perjuicio económico.
Con esto, supongo que con la perdida de la fianza se dará por satisfecho.
Suerte
Oscar
¿Me puede reclamar judicialmente estas cantidades?
Puede, pero según la jurisprudencia, no te harán pagar por más meses de los que el piso esté vacío (suponiendo que no se duerma en los laureles para volver a alquilarlo, y que el nuevo inquilino le pague la misma renta que tú pagas y no tenga perjuicio en ese sentido)
¿Aun reclamandole judicialmente podría el arrendador alquilarlo despues de irme o tiene que esperar al final del cuarto año?
Ya te he contestado en la anterior respuesta.
Saludos - Papeleos Alquiler.