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acen

inquilino/a

¿A quién le corresponde pagar el arreglo de la filtración?

He entregado las llaves de un piso en el que vivía de alquiler, y no me han devuelto la fianza porque en el mismo hay una filtración y la dueña dice que soy responsable por no haberle avisado, pero es que hasta donde yo tenía entendido la comunidad de propietarios se estaba haciendo cargo de este tema. Ahora la dueña dice que no me devuelve el dinero hasta que no se establezcan responsabilidades, cuando le pregunto que ha dicho el seguro al respecto me contesta que el períto dice que si lo cubre pero la compañía dice que no, luego dice que mirará presupuestos para repararlo, al final han pasando 15 días y lo que hace es marearme no me dice si me va a devolver la fianza o no, tampoco me dice si lo va a pagar el seguro o no. ¿Alguien me puede orientar para ver que puedo hacer? He dado 5000€ de fianza y no se si los puedo perder.

  • Preguntado por: acen
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
Mari Lolis ha sido el primero en contestar
Mari Lolis ha sido elegida Mejor Respuesta
  • acen

    inquilino/a

    Gracias a ambos por vuestras respuestas, yo sé que en efecto no soy responsable del daño porque la filtración ni siquiera se aprecia dentro del piso está en la pared de la facha del Edificio por eso yo me pensaba que ellos se estaban haciendo cargo, yo quisiera solucionar el tema por vía amistosa pero si no puediera ser y llegamos a un trámite legal, mi preocupación deriva del hecho de que ella pueda alegar que soy responsable de que la filtración se haya agrandado por no haberle avisado y que así pueda quedarse con el dinero.

    • Respondido por: acen
    • Hace 14 años
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    Pholmo, por Dios, no hagas demagogia...sabes igual que yo, que en este caso la palabra amenaza es una forma de hablar, puesto que no es decirle que le va a pegar 3 tiros, estoy diciendole que la asuste con denunciarla y de hecho si no le devuelve su fianza, deberá denunciarla ¿o no?

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Convendría saber antes de amenazar a nadie que el art. 171 del Código Penal dice: Las amenazas de un mal que no constituya delito serán castigadas con pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses, atendidas la gravedad y circunstancia del hecho, cuando la amenaza fuere condicional y la condición no consistiere en una conducta debida. Si el culpable hubiere conseguido su propósito se le impondrá la pena en su mitad superior

    Puede visitar mi blog: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ donde aparecen temas relacionados o consultarme directamente por teléfono: 807 520 008 (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    si es un tema de la comunidad de propietarios ¿qué pinta usted ahí? amenacela con denunciarla si no le devuelve su fianza, porque se la esta quedando ilegalmente.

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