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julian perez

inquilino/a

El 31 termino el contrato del piso de un año

El dueño me ha mandado un msn de movil diciendo, que si le compro el piso , si no no me renueva, que tiene que hacer algo con el, si a mi me echa puede alquilarlo a otra gente, por mi trabajo necesitaria tenerlo hasta marzo, el piso me gusta y me fuera quedado un año mas pero puesto asin solo necesito tres meses mas de la terminacion del contrato me puede pasar algo si me quedo esos tres meses o se puede hacer un contrato por tres meses,  o hay otra solucion

  • Preguntado por: julian perez
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Abogado desahucios ha sido el primero en contestar
Abogado desahucios ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Añadir también que en caso de venta tienes derecho de adquisición preferente (tanteo y retracto)

    Para ampliar o aclarar esta información puede  Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

     

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Añadir q es muy posible q tu contrato se renueve por un año más al finalizar, q es lo q pasa cuando es tu vivienda habitual. Así hasta el 5º año

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • Abogado desahucios

    Abogado desahucios

    profesional

    Hola Julián Pérez,

    ¡¡¡Los contratos son lo que son y no lo que las partes dicen que son!!!

    El arrendador no puede echarte del piso si tu pagas la renta en la cuantía y término que pactaste. No hay problema en que el arrendador venda el piso, nadie se lo impide (por cierto, tú no tienes la obligación de permitir el acceso  andie en tu domicilio).

    Si tu permaneces en el piso porque es tu vivienda habitual la parte arrendadora no puede resolver unilateralmente el contrato aunque se haya pactado un plazo de un año, tu puedes paremanecer en el mismo durante cinco anualidades.

    No estaría de más que mirases las condiciones para desistir del contrato, pues si se ha celebrado por un año es muy posible que no puedas desistir en un año y tres meses sino un mes antes de finalizar cada anualidad!!!míratelo!!!

    Abogado desahucios Barcelona

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