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Por dicha cláusula se me obliga a pagar 20 EUR por cada dia de demora en el pago del alquiler. ¿Puedo denunciar esta cláusula judicialmente y solicitar su eliminación del contrato por abusiva o ilícita?
2-El alquiler que pago incluyó cocina equipada con horno eléctrico, sin embargo dicho horno no funciona desde que entré al piso. Me percato dos meses despues de iniciado el alquiler, cuando intento usarlo. Lo notifico a la propietaria para q lo arregle o lo cambie, y ella se compromete a cambiarlo, pero no lo hace. Un mes después le envío un sms recordándole el problema del horno, propongo comprarlo y descontarlo de cuota de alquiler del proximo mes, pero me dice que ella lo comprará y lo instalará la próxima semana. Pasa la semana y un mes más y no cambian el horno, . Yo no he dejado de pagar el alquiler ni me he atrasado en los pagos a pesar de mi dificil situacion financiera, sin embargo los propietarios no me han cambiado ni arreglado el horno que entregaron roto. Qué puedo hacer?
Debes notificarle de forma fehaciente la necesidad de arreglarlo, y si no accede deberás acudir a los juzgados.
El problema es que después de tanto tiempo no tengo yo claro que un juez te diera la razón
1.- Esa clausula de penalización puede ser perfectamente legal de cualquier modo solamente un Juez puede decir lo contrario y el costo de esa declaración judicial puede ser disuasorio para vd.
2.- En el asunto del horno, que no puede mezclar con lo anterior, habría que saber si sus reclamaciones han sido de palabra o puede acreditarlas, de cualquier modo puede enviarle un presupuesto de sustitución dándole un plazo, pasado el cual sustituirá el horno a cuenta de los alquileres.
En este enlace puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Hola Abel:
Si la suma de la penalización en cómputo mensual igual o supera la cuantía de la renta( vg: alquiler 500euros/mes. 20x30 días= 600 euros/mes), la cláusula será, o bien declarada nula, o bien minorada de forma muy considerable.
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.