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Marta Cuenya

inquilino/a

¿ Puede el arrendador rescindir el contrato antes del vencimiento del segundo año de alquiler (primer año prorrogado) ?

¿ Puede el arrendador rescindir el contrato antes del vencimiento del segundo año de alquiler, ( primer año de prorroga) aún alegando su necesidad de destinarlo a su vivienda habitual?. De la lectura de la nueva ley parece entenderse que no, que sólo podrá hacerlo al final de la anualidad prorrogada,  cuando se plantee una nueva prorroga y no antes.

  • Preguntado por: Marta Cuenya
  • Hace 10 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Daviddt ha sido el primero en contestar
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