Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
El contrato era por 54 meses y me han enviado un burofax diciendo que tengo que abandonar el piso dentro de un mes en la fecha exacta en que cumple el mes 54.
el alquiler es de 1500 €, estoy al corriente de todos los pagos, y se depositó una fianza de 9800 €.
Por la fecha del contrato, usted tiene derecho a estar 5 años, 60 meses, en la vivienda.
Art 9.1 LAU aplicable
1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a cinco años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
Cuando llegue al mes 60 (5 años), art 10 LAU
llegada la fecha de vencimiento del contrato, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquél, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con un mes de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.