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El contrato es de marzo de 2011 de 1 año prorrogable a 5, me quedan 18 meses de contrato y dentro de 3 está programada la subasta.
¿tengo derecho a tanteo y retracto?
¿si inscribo el contrato en el registro estoy más protegida?
¿mi contrato se rige por la ley anterior o por la nueva?
Insisto en mi "taxativa" respuesta.
lo que dice el compañero pholmo es verdad, pero no interfiere con lo que le he dicho que sigue en pié.
de ahí no pueden echarla antes de ls 18 meses.
No coincido plenamente con la taxativa respuesta de mi compañero.
Contesto a sus preguntas:
1.- le conviene acudir al Juzgado que subasta no solo por si puede ejercer el retracto de inquilino, sino sobre todo para que se pronunciesobre esa contrato de alquiler.
2.- para inscribir un contrato de arrendamiento es preciso que haya sido otorgado ante Notario, cosa que, me figuro, no ocurre en su caso.
3.- a su contrato no le afecta la ultima modificación de la LAU.
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Mónica71: al ser un contrato anterior a la última modificación de la LAU, el comprador de su piso no va a tener más remedio que respetar su arrendamiento hasta dentro de esos 18 meses.