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un mueble de pladur con sus puertas y encimera de haya, etc...Ahora me echan del piso. ¿Puedo llevarme la tarima, puertas, cocina y demás para instalarlo en otra casa?
Entonces su alquiler está enmarcado en el llamado "decreto Boyer". Antes de irse a ninguna parte, yo le diría que acuda con su contrato de arrendamiento a un abogado experto en arrendamientos para que revise el clausulado.
Respecto a la reforma me reitero en lo que le dije antes. Si no firmó nada distinto cuando reformó la vivienda, simplemente tiene que dejarla como la encontró.
Saludos
Muchas gracias por tu respuesta. Pues sí, el suelo original está debajo de la tarima. Las puertas de paso no es un problema se las puedo restituir. Respecto a la cocina no había ninguna cuando llegue. Tampoco había ningún mueble en el salón, por eso decidí hacer uno de pladur. Y sí, estoy alquilada desde el año 1990.
Si repones todo lo que había antes... y lo dejas tal y como estaba antes, si.
Lo que no puedes es dejar el piso sin suelo, sin puertas y sin cocina... por feas que fueran las anteriores.
Debiste haber preguntado antes de hacerlo, y haber llegado a un acuerdo por escrito de lo que sucedería llegado este caso.
De todos modos si estás de alquiler desde antes de junio, has de saber que puedes quedarte al menos cinco años.
Saludos - Papeleos Alquiler.