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Hola, mi piso es de una constructora y me ha llegado una orden de desahucio por que el constructor no paga. El asunto es que me han dicho la caja que no nos deberia de cobrar el alquiler porque hace 6 meses que es de la caja y ahora solo les queda la entrega de llaves. Lo fuerte es que el de la caja pensaba que no vivia nadie en ese bloque y estamos los veinos achado fuego por la boca. Que ago, sigo pagando el alquiler al constructor? Me debe pagar la fianza, puesto que el piso no es suyo? Ajuda plis.
Si ha llegado una orden de desahucio del Juzgado lo mas urgente es eso lo demás se resolverá después.
para ampliar más o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
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Ir al juzgado y consignar el dinero que pagas mes a mes en una cuenta judicial.
El dinero estará a cargo del juzgado, vosotros habreis pagado y el que sea el legitimario de ese dinero podrá reclamarlo al juzgado y se lo entregarán.
Básicamente es poner el dinero en una cuenta que os daría el juzgado.
Significa pagar la renta a través del juzgado para que quede constancia, sé que se hace por ej. cuando el casero no te quiere aceptar el pago, en el juzgado os dirán si esa opción es viable en vuestro caso, igual sí, pues es un caso problemático.
Espera a que te conteste algún experto para que te lo explique mejor, imagino que habrá que notificar al casero de forma fehaciente de que el pago lo tiene ahí, igual eso os supone un coste, pero para evitar problemas en vuestro caso igual os convendría hacerlo, si es que se puede.
Que significa consignar las rentas? Para que lo entienda... jejeje
Yo casi que pediría en el juzgado consignar las rentas hasta que se aclare todo
La fianza tiene que devolverla el que sea propietario de la vivienda en el momento que se rescinda el contrato.
El alquiler, hasta nueva orden, deben seguir pagandolo al constructor, pq sino la caja les puede desahuciar por no estar al corriente de pagos.
Ni se les ocurra hacer caso de lo que les diga la caja, acudan a un abogado que proteja sus derechos, no al abogado de otra parte que proteje los derechos del banco.
Acudan al juzgado y presenten sus contratos de arrendamiento, para que el juez les de validez, y sigan pagando, hasta nueva orden, al constructor. No sé yo si podrían pedir en el juzgado consignar las rentas hasta que se aclare todo esto, pero no se les ocurra dejar de pagar y tener recibo, o tendrán problemas serios.
Y repito, a los de la caja/banco, ni caso, pq se la van a jugar.
Antes de pagar nada a nadie habla con un abogado o algo, o espera a ver que te aconsejan los expertos del foro.
La fianza estará -o debería estar- en el organismo competente de la CA, que se la devolverá a quien la depositó allí (el arrendador), y éste te la tendrá que devolver a tí a la finalización de contrato. Integra o la parte que corresponda.
Lo vuestro es lioso, igual os convendría a los vecinos consultarlo con un abogado, ya que son varios los afectados.