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fernando gutierrez

inquilino/a

¿Cómo saco de mi piso a alguien conflictivo?
Alquilo una habitación de un piso cuyo contrato está a mi nombre, esta persona es muy confictiva además de sucia y la verdad es q yo y los demás compañeros estamos hartos de esta persona y no podemos más. Llevamos tiempo aguantando su falta de respeto a las normas mínimas y normales de convivencia y queremos q se vaya; hemos intentado por todos los medios razonar, y hablar las cosas, pero sin resultado: no respeta sus turnos de limpieza, lo deja siempre todo hecho un asco (no jala la cadena del wc, y más cosas q mis buenos modales me impiden mencionar...) ... en fin ... la paciencia se agotó hace tiempo y lo q queremos es q se vaya, ojalá alguien nos pueda aconsejar.
  • Preguntado por: fernando gutierrez
  • Hace 15 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • manuel josé

    casero/a

    Te pongo un ejemplo por si te sirviera de algo. Un propietario alquila una vivienda a una persona. En el piso pasan a vivir varias. Surgen problemas entre ellas. Hablan con el propietario (ojo) podría demandar por subarriendo. Este propietario no quería gastos judiciales. Se ponen de acuerdo ambos y el titular firma finalización contrato. Entrega llaves y se hace un cambio de cerradura. Luego viene y reclama cosas y dice que sino denuncia en guardia civil. Le dice, ven con el ex-inquilino y retiras lo que tengas o te lo da el ex-inquilino. No le hacen caso en el puesto de guardia civil. No tiene contrato. Vuelve y retira lo suyo. Después de varios días hacen otro contrato a nombre de varios inquilinos.

    Saludos
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Al decir "echar" léase deshauciar judicialmente (si no se va por las buenas)

    El mérito de este matiz es de PHOLMO
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    A fin de mes, directamente le echáis. No le protege la LAU, como a tí que eres el titular del contrato. Cuando cumpla la mensualidad puedes "echarle"
    Art. 1.581 del código civil:
    Si no se hubiese fijado plazo al arrendamiento, se entiende hecho por años cuando se ha fijado un alquiler anual, por meses cuando es mensual, por días cuando es diario.

    En todo caso cesa el arrendamiento, sin necesidad de requerimiento especial, cumplido el término.

    Como supongo que te paga por meses, podrás dar por concluido el contrato a fin de mes.
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    No es asunto fácil de resolver, en primer lugar parece que se trata de un subarriendo, ¿está autorizado por la propiedad?. Si no está autorizado se exponen a ir todos a la calle.

    Si está autorizado y el subarrendatario conflictivo se niega a marcharse tendrían que acudir al Juzgado, alegando razones para terminar el subarriendo.

    En mi blog pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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